La Junta Central Electoral prohibió este jueves la publicación de cualquier sondeo o encuesta con objetivos electorales antes de los periodos autorizados de precampaña y campaña, los cuales iniciarán oficialmente en julio de 2027.
Advertencia a empresas encuestadoras
El organismo electoral advirtió mediante un comunicado que las empresas acreditadas que violen esta disposición enfrentarán sanciones que incluyen la suspensión temporal de su registro por seis meses a un año, y en caso de reincidencia, la cancelación definitiva de su licencia, además de otras sanciones administrativas.
“Queda terminantemente prohibida la difusión o publicación, a través de cualquier plataforma o medio de comunicación, de encuestas de opinión con propósitos electorales fuera del cronograma legal de la precampaña, etapa que arrancará formalmente el primer domingo de julio del año previo a los comicios, bajo el amparo del artículo 41 de la Ley Núm. 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos”
Fundamento legal y nuevo reglamento
La institución se basó en el artículo 41 de la ley mencionada, el cual establece que el periodo para los procesos internos de los partidos políticos comienza oficialmente el primer domingo de julio y concluye con la proclamación de los candidatos definitivos.
Para asegurar el cumplimiento de esta medida, la JCE aprobó un nuevo reglamento definitivo que regulará el registro de las empresas de investigación social y de mercado ante el órgano electoral, estableciendo las reglas para la realización de muestreos de opinión de cara a las elecciones generales de 2028.
La advertencia se produce en un contexto donde recientemente se han publicado algunos sondeos de opinión pública.
