Reformista propone cambios al Código Penal para blindar libertad de expresión y proteger a médicos

El diputado del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), Rogelio Alfonso Genao Lanza, presentó un proyecto de ley que busca modificar el nuevo Código Penal dominicano con el objetivo de reforzar la libertad de expresión y brindar mayor seguridad jurídica a los galenos en el país.

La iniciativa plantea reformar la Ley núm. 74-25, que instituye el Código Penal de la República Dominicana, promulgada el 3 de agosto de 2025. El legislador aprovecha el período de vacatio legis de doce meses, establecido para revisar la normativa antes de su entrada en vigor, para proponer ajustes en dos áreas clave: la protección del derecho constitucional a la libertad de expresión y de prensa, y un marco de mayor seguridad jurídica para el ejercicio de la medicina.

Cambios en delitos contra el honor

Para evitar la censura previa y el efecto inhibidor sobre la crítica ciudadana, el proyecto introduce cambios sustanciales en los delitos contra el honor. Se eliminan los artículos 310 y 311, que castigaban con prisión y multas el ultraje a funcionarios públicos, por considerar que se basan en conceptos ambiguos contrarios a la legalidad y a los estándares de derechos humanos. Además, se modifican los artículos 208 y 210 para que, en ningún caso, se impongan penas privativas de libertad por difamación o injuria, limitando las sanciones a multas y reparación civil.

La reforma al artículo 212 prohíbe explícitamente el cierre de medios de comunicación, la revocación de licencias o la incautación de equipos como sanción por infracciones contra el honor. Asimismo, se añade un párrafo al artículo 209 para aclarar que el ejercicio legítimo del periodismo, la protesta pacífica y las denuncias de buena fe no constituyen difamación extorsiva.

Protección a los galenos

El proyecto reconoce que el ejercicio de la medicina es una obligación de medios y no de resultados, y que los profesionales de la salud enfrentan riesgos inherentes en su labor. Para evitar el encarecimiento de los servicios y la práctica de la “medicina defensiva”, se proponen medidas como que la responsabilidad penal de un profesional de la salud solo se comprometerá cuando exista una falta grave e inexcusable a la lex artis (protocolos técnicos y científicos).

El documento señala que los médicos no tendrán responsabilidad penal si las complicaciones derivan de carencias estructurales, organizativas, o de la falta de insumos, equipos y medicamentos en los hospitales, fallas que no son atribuibles al profesional actuante. Además, la sola producción de un resultado adverso no hará presumir la culpa penal, exigiéndose una prueba pericial técnica idónea para valorar la conducta del médico.

La propuesta legislativa establece que ninguna disposición del nuevo Código Penal podrá interpretarse de manera que restrinja el derecho a la información ni criminalice el acto de salud realizado bajo los medios disponibles. Este proyecto busca un equilibrio justo entre los derechos de los pacientes, la rendición de cuentas y las libertades fundamentales en la República Dominicana.

Por Capital RD

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